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Para la Jueza no se trató de un “chiste” y seguirá preso por incentivar a robar

Hasta el 22 de diciembre continuará con prisión preventiva el sujeto de 21 años acusado por dos graves delitos que en caso de llegar a juicio y recaer condena podría recibir una pena de prisión superior a los 10 años. “Estaba haciendo un chiste”, declaró el imputado. “Esto no es un chiste, es una afectación grave al orden social de un Estado de Derecho”, argumentó la jueza Lemunao.
Para la Jueza no se trató de un “chiste” y seguirá preso por incentivar a robar
Fotografía por gentileza
Cristian Córdoba
Cristian Córdoba
Publicado en Policiales y Judiciales el 24/08/23 17:04:06

Villa Regina – “Estaba haciendo un chiste y cuando vi que todo se fue de control me salí del grupo”, fue lo que declaró el joven de 21 años al que acusaron de haber “creado un grupo de WhatsApp denominado ‘Saqueo vr’, y por el cual incentivó durante la jornada del domingo a un grupo importante de personas a robar en distintos supermercados de la ciudad.

Este mediodía se llevó a cabo una audiencia judicial, instancia en la que la jueza de Garantías, Claudia Lemunao, dio por formulados los cargos a Franco Azzolina por “instigación a cometer delitos (Art. 209), en concurso ideal con “asociación ilícita agravado por haber sido el organizador” (Art. 210), los que se agravan por el Art. 41 quinquies, todos del Código Penal.

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“Son delitos muy graves en un Estado Derecho y más en una crisis económica como en la que se encuentra el país. Más allá de los daños materiales, este tipo de hechos puede terminar en cuestiones muy complejas de  inseguridad. Esto no es un chiste, es una afectación grave al orden social de un Estado de Derecho”, manifestó Lemunao a la hora de resolver a favor de la Fiscalía.

La calificación legal fue solicitada por el fiscal adjunto Agustín Bianchi luego de argumentar que el sujeto habría sido quien envío los diferentes mensajes entre las 13,30 y las 16 horas del domingo último para organizar un encuentro en la plaza Evita con el objetivo de “saquear”, distintos comercios de la ciudad.

“A las 17 hs en plaza Evita”, “Los veo a esa hora, hoy tiembla todo”, “Es la única forma que nos escuchen”, “Se pincha todo, no nos para nadie”, fueron solo algunos de los mensajes con los cuales la Fiscalía acusó al joven de instigar a otros a robar a través del mencionado grupo de WhatsApp que contó con la menos 362 participantes.

Entre la evidencia mencionada por Bianchi se encuentran los informes de la Brigada de Investigaciones de Regina, el resultado de un allanamiento, el secuestro de celulares y un CPU enla casa del imputado.

La fiscalía enumeró también el informe de la Comisaría 5ta respecto de las tareas de prevención, y el reporte preliminar del Gabinete de Criminalística respecto del allanamiento, fotografías.

Por su parte, la defensa penal pública que asistió a Azzolina, ejercida por el abogado Leonardo Ballester, se opuso al agravante de “asociación ilícita agravado”, y propuso una medida menos gravosa, como presentaciones personales. No obstante tal posicionamiento no fue admitido por la Jueza.

Respecto a las medidas cautelares, la Jueza también aceptó los 4 meses de prisión preventiva que pidió el fiscal. En este caso entendió que no existen elementos suficientes para justificar el riesgo de fuga, pero sí hay requisitos suficientes para que haya un entorpecimiento en la investigación.

De quedar firme lo resuelto hoy, ya que ahora habrá una instancia de revisión, Azzolina seguirá preso hasta el 22 de diciembre y bajo la calificación legal mencionada. Esta vez, y a diferencia de otras instancias similares, la Justicia sí se permitió a los medios brindar imágenes y la identidad del imputado.

 

¿Qué dice el Artículo 210?

 

“Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión”.

Teniendo en cuenta la escala penal que plantea el artículo por el cual se imputó al joven de 21 años, se desprende que en caso de recaer condena con la actual calificación podría recibir una pena de prisión efectiva de 5 a 10 años. Sin embargo, si a ello se suma el agravante la pena se duplica, por lo que podría superar los 10 años de prisión.