Imagen
El conductor del auto en el que viajaba Kayla fue llevado al Penal

Villa Regina – Ayer el conductor del auto en el que viajaba la menor Kayla (8), fallecida a comienzos de este mes entre Regina y Godoy, fue llevado al Penal Nº 2 de General Roca para cumplir la prisión preventiva por 4 meses resuelta a mediados del mes pasado por la Jueza de Garantías Claudia Lemunao.

El traslado de Juan Sandoval (36) se dio a partir de que quedara firme lo resuelto durante la audiencia de formulación de cargos que se realizó el pasado 18 de enero en la Ciudad Judicial de Regina. En aquella ocasión, y por pedido de la Fiscalía, Lemunao dio por formulados los cargos por “homicidio culposo agravado por el uso de vehículo automotor, por haber obrado con culpa temeraria y con un nivel de alcoholemia superior a 1 g por litro de sangre, lesiones graves culposas y lesiones leves culposas (Art. 84 bis segundo párrafo, 94 bis segundo párrafo y 89 del Código Penal), todas concursando de forma ideal (Art. 54) en calidad de autor (Art. 45)”.

También puedes leer
Alcoholizado, a alta velocidad y en “plan de macho alfa”
Alcoholizado, a alta velocidad y en “plan de macho alfa”
03/02/23

En esa oportunidad la magistrada también estuvo de acuerdo con el pedido fiscal de la medida cautelar de preventiva por el plazo de 4 meses. En este punto, cabe aclarar que la preventiva no es la pena, sino que es una medida a los fines de asegurar el proceso judicial camino al juicio a realizarse llegado el momento.

Sin embargo, la defensa particular se opuso y recurrió la medida. Posteriormente, y en otra audiencia, la decisión de Lemunao fue revisada por el juez Gastón Martín. Este rechazó el planteo de la Defensa y por este motivo la resolución quedó firme y ayer Sandoval pasó de estar detenido en la Comisaría al Penal roquense.

También puedes leer
Detuvieron al conductor del auto en el que viajaba Kayla
Detuvieron al conductor del auto en el que viajaba Kayla
03/02/23

Cabe recordar que el trágico hecho de tránsito ocurrió el lunes 2 de enero alrededor de la 1:30 de la madrugada, en el kilómetro 1136 de la Ruta Nacional N°22. Se tuvo por acreditado que Sandoval circulaba alcoholizado, con un nivel de alcohol en sangre de 1.30 g/l, a exceso de velocidad, realizando maniobras de adelantamiento a los vehículos que lo antecedían, e incluso agrediendo a su pareja.

gentileza diario RN
gentileza diario RN

Como consecuencia de su conducción “imprudente y antirreglamentaria, fue que volcó entre barrio Nuevo y el Kartódromo y como consecuencia de ello se produjo la muerte de Kayla. Además, resultó con fractura de fémur derecho, fractura de cadera derecha y politraumatismos la mamá de la nena, y politraumatismos el hombre que también estaba en el auto y viajaban en el asiento trasero.

Vale recordar que durante la audiencia de formulación de cargos, la magistrada interviniente resaltó el contexto de violencia de género que fue esgrimido por la fiscalía a través de la evidencia.

 

 

Alcoholizado, a alta velocidad y en “plan de macho alfa”

Villa Regina – Esta mañana la fiscalía de turno de Villa Regina imputó a Juan Sandoval (36) los delitos ocurridos en el marco del accidente donde falleció Kayla Jarmín Alejandra Fernández de 8 años y otras dos personas resultaron heridas.

Así mismo el Ministerio Público Fiscal solicitó 4 meses de prisión preventiva del imputado, considerando los peligros procesales de peligro de fuga y el posible entorpecimiento a la investigación.

Según la acusación fiscal, el hecho fue el lunes 2 de enero alrededor de la 1:30 de la madrugada, en el kilómetro 1136 de la Ruta Nacional N°22.

gentileza diario RN
gentileza diario RN

“El conductor, hoy imputado, circulaba a bordo de un Peugeot, modelo 206 compact, en sentido Este-Oeste, con un nivel de alcohol en sangre de 1.30 g/l, a exceso de velocidad, realizando maniobras de adelantamiento a los vehículos que lo antecedían, e incluso agrediendo a su pareja, perdió el control del mismo, derrapando sobre la cinta asfáltica y saliendo de la calzada hacia la banquina norte donde produce un vuelco, quedando el vehículo sobre la subanquina”, detalló el fiscal adjunto.

“A consecuencia de su conducción imprudente y antirreglamentaria, puesto que no mantuvo el efectivo dominio del vehículo (conf. lo requiere el art. 39 inc. b); 48 inciso a) y d) y concordantes y 50 de la Ley 24.449) produjo la muerte de Kayla, así como también fractura de fémur derecho, fractura de cadera derecha y politraumatismos respecto de la mamá de la nena, y politraumatismos respecto del otro hombre que también estaba en el auto”, explicó el representante fiscal.

La calificación legal esgrimida por la fiscalía y por la que la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos es la de “homicidio culposo agravado por el uso de vehículo automotor, por haber obrado con culpa temeraria y con un nivel de alcoholemia superior a 1 g por litro de sangre, lesiones graves culposas y lesiones leves culposas (Art. 84 bis segundo párrafo, 94 bis segundo párrafo y 89 del Código Penal), todas concursando de forma ideal (Art. 54) en calidad de autor (Art. 45)”.

La jueza de Garantías, Claudia Lemunao, estuvo de acuerdo con el pedido fiscal de la medida cautelar de preventiva por el plazo de 4 meses, de esta manera, el hombre quedó detenido. La defensa particular se opuso a la medida. En este punto, cabe aclarar que la preventiva no es la pena, sino que es una medida a los fines de asegurar el proceso judicial camino al juicio a realizarse llegado el momento.

La magistrada interviniente resaltó el contexto de violencia de género que fue esgrimido por la fiscalía a través de la evidencia, y que debe tenerse en cuenta en este legajo, alentó a todas las partes a tener en cuenta estos indicios considerados por ella como graves y que afectan a la mujer víctima que aún está internada.

 

Evidencia fiscal para la imputación

 

La acusación fiscal, que estuvo representada por Graciela Chegaray (Fiscal Jefe) y Rodrigo Vazzana (Fiscal adjunto) enumeró la profusa evidencia que ha logrado recabar hasta este momento, sin perjuicio de que faltan medidas por tomar, entre ellas la entrevista a la madre de la niña fallecida, también la pericia accidentológica.

Echegaray, explicó que “podría realizarse una pericia psicológica porque hay indicios de violencia de género, como también el análisis de las capturas de pantalla de redes sociales que deberá concretar la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público. También realizaremos la visualización de las cámaras, y además estamos trabajando para contactar testigos posibles del accidente”.

En la audiencia el fiscal adjunto, Vazzana, mencionó la entrevista a quien venía en el auto con la niña en el asiento trasero, los certificados expedidos por el médico policial respecto de los tres adultos, y el de defunción de la niña. “Se emborrachó, discutió con la mujer y le pegó dos piñas como si su pareja fuese un hombre. En el viaje (de Las Grutas a Neuquén) venía en plan de macho alfa”, fue parte de lo que declaró el acompañante y primo de Sandoval.

Se cuenta con el reporte preliminar del Gabinete de Criminalística de Villa Regina, el preventivo del Cuerpo de Seguridad Vial de Chichinales, el examen de alcoholemia a la muestra de extracción sanguínea perteneciente al imputado, que arrojó un resultado de 1.30 g/l.

La fiscalía mencionó además la orden solicitada por la fiscalía sobre la detención del conductor del auto, el oficio de la Comisaría N°29 de Las Grutas sobre intervenciones realizadas el 1 de enero de 2023, relacionadas con los tres adultos implicados en el accidente.

El Ministerio Público Fiscal agregó el informe de la Policía de Neuquén, en el que consta el procedimiento de verificación del domicilio denunciado por el imputado en la capital de la vecina provincia, y una entrevista a quien le alquilaba.

En la investigación de antecedentes del conductor, la fiscalía dijo que pesa sobre él una condena firme de un juicio abreviado, con una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, como autor penalmente responsable del delito de “lesiones graves agravadas por su comisión con arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil”.

“Entre las medidas cautelares el hombre debía abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de alcohol, cuestión que está demostrado que incumplió a través de la evidencia científica del examen de alcoholemia”, expresó la fiscalía.

Además, se trajo a la audiencia la notificación de la prohibición de acercamiento al hoy imputado del 13 de enero pasado, de la Oficina de Violencia del Poder Judicial de Neuquén, sobre actos de perturbación e intimidación, por cualquier medio, hacia la madre de la niña fallecida.