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Radares: No se deben pagar las multas

La nueva ley de radares en Río Negro busca establecer un marco regulatorio claro que garantice la seguridad vial y la transparencia en el uso de estos dispositivos.
Radares: No se deben pagar las multas
Redacción
Redacción
Publicado en Municipales el 19/07/24 13:07:24

La semana pasada, por unanimidad, se aprobó en la Legislatura de Río Negro la ley que regula el uso de radares en toda la provincia. Esta normativa, según el artículo nº 1, otorga a la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) un plazo de noventa (90) días para regularizar el funcionamiento de los cinemómetros controladores de velocidad en caminos y rutas.

El legislador Javier Acevedo, en comunicación telefónica con LCR, hizo hincapié en las implicancias de esta nueva regulación, especialmente en relación con las multas labradas y su impacto en los conductores de la provincia. «Muchas personas que transitaban por nuestras rutas se encontraron con infracciones sin conocer la presencia de radares», expresó Acevedo.

Acevedo también enfatizó que la ley busca ordenar el uso de los radares, prohibiendo aquellos que no cuenten con la autorización correspondiente. Respecto a las multas ya abonadas, el legislador explicó: «Lamentablemente, quienes hayan pagado no podrán recuperar el dinero. Sin embargo, las multas pendientes de pago serán anuladas».

La APSV tiene ahora el plazo mencionado para regularizar la situación de los dispositivos, asegurando que estos cumplan con todas las normativas legales, incluyendo la correcta señalización y ubicación. «Es crucial que los radares estén correctamente ubicados y no sean utilizados con fines recaudatorios», añadió Acevedo.

Además, el legislador subrayó que la instalación y gestión de los radares corresponde exclusivamente a la APSV, no a los municipios. Según datos extraoficiales, se estima que se han labrado aproximadamente 500 mil multas, de las cuales se han abonado 50 mil.

Finalmente, el legislador mencionó una excepción importante: las multas anteriores se eliminarán, con la excepción de las impuestas a camiones que transportan arena silícea, dados los riesgos asociados a altas velocidades para estos vehículos pesados.