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Acoso Sexual Callejero y la Ley

Visitó La Comuna Radio, la Abogada y Mediadora en Asuntos de Familia, Doctora Roxana Zapata, para abordar sobre Acoso sexual callejero, a qué se refiere y que sanciones implica según la Ley 27501.
Acoso Sexual Callejero y la Ley
Fotografía por LCR el diario que escuchas
Redacción
Redacción
Publicado en Sociedad el 30/03/23 12:29:18

Regina – Pasó por la Comuna Radio la Abogada Roxana Zapata, en esta ocasión para hablar sobre el acoso sexual callejero.

“El acoso sexual callejero, es decir, la violencia contra las mujeres en el espacio público, consiste en las acciones físicas o verbales con contenido sexual contra una persona que no quiere participar de esas acciones. El acoso sexual se basa en el género o en la identidad sexual de la persona que sufre el acoso”, sostuvo la Abogada.

Cabe destacar que la Ley 27501 no solo se aplica al acoso que se da en la calle, sino que también incluye al acoso en espacios privados de acceso público como, por ejemplo, un centro comercial, un teatro o un bar.

Ahora bien, específicamente “Las acciones que se incluyen dentro de esta situación son los comentarios sexuales, las fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, el contacto físico indebido y sin consentimiento, la persecución o arrinconamiento, la masturbación, mostrar partes íntimas del cuerpo, los gestos obscenos”, describió.

La persona que acosa sexualmente a otra puede ser sancionada con una multa, la obligación de hacer trabajos para la comunidad o el arresto.

El acoso sexual callejero se castiga porque afecta la dignidad y los derechos fundamentales de la persona acosada. La persona acosada sufre un ataque a su libertad, integridad y derecho de libre tránsito.

Asimismo se agrega que el acoso sexual causa intimidación, hostilidad, degradación, humillación y un clima ofensivo.

 

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Por consiguiente genera un impacto psicológico negativo y que las personas, especialmente mujeres, pueden vivir varias veces al día desde los 12 años, en promedio.

Los efectos del acoso se demuestran en “Acciones cotidianas de la víctima como, cambiar los recorridos habituales por temor a reencontrarse con el o los agresores. Modificar los horarios en que transita por el espacio público. Preferir caminar en compañía de otra persona. Modificar su modo de vestir buscando desincentivar el acoso”, detalló.

“Todas las personas tienen derecho a transitar libremente y con la confianza de no ser violentados, independiente del contexto, la edad, la hora del día o el vestuario que ocupa la persona agredida, los derechos humanos no dependen ni se suspenden por detalles del entorno. No hay excusas ni justificaciones para el acoso sexual callejero.  Por todo lo anterior, las víctimas no deben sentir culpa o vergüenza por sufrir acoso sexual callejero, puesto que NUNCA ES SU CULPA. Lo importante es reflexionar de manera crítica y consciente, teniendo en cuenta que esta problemática afecta a personas particulares, pero responde a un fenómeno social complejo”, manifestó.

En cuanto a cuestiones de estadísticas  9 de cada 10 mujeres ha sufrido Acoso Sexual Callejero; en Regina por esta situación, se ha registrado solo una denuncia hasta el momento.

Para finalizar compartió algunas de las frases o piropos que se incluyen dentro de acoso:

  • “Tantas curvas y yo sin frenos”
  • “Te hago de todo”
  • “Que buen pan dulce”
  • “Algo más Mamita”
  • “Que rica estás mami”